REGLAS DE PBIP QUE PUEDEN SER VULNERADAS EN LA PROTECCION DE LA CARGA
- En la sección 16 parte A, párrafo A/16.3.9 “informar sucesos que afecten la protección marítima”.
- En la sección 17 sección A, párrafo A/17.2.8 “el OPIP debe informar los eventos de protección y debe llevar registro de los mismos”
- En la sección 2 parte A, párrafo A/2.1.4 “es responsabilidad de la instalación portuaria proteger los buques, las personas, la carga”.
En la sección 14 de la parte A, párrafo A/14.2.5 “se deben consideraron medidas de control de la carga y sus antecedebntes”.
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