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Cartagena de Indias , Bolivar, Colombia
Profesional Especializado en el Sector Marítimo y Portuario desde el año 2006, que actúa de manera independiente con el propósito de lograr mantener los Sistemas Aplicados a la Gestion de nuestros Clientes en el Cumplimiento de las Normas Internacionales tales como el Código PBIP y Código IGS, basados en tres pilares: Consultorías, Auditorías Internas y Formación. Convirtiéndonos el Soporte de los Oficiales de Protección y Personas Designadas.

martes, 13 de octubre de 2009

REGLAS DE PBIP

REGLAS DE PBIP QUE PUEDEN SER VULNERADAS EN LA PROTECCION DE LA CARGA
  1. En la sección 16 parte A, párrafo A/16.3.9 “informar sucesos que afecten la protección marítima”.
  2. En la sección 17 sección A, párrafo A/17.2.8 “el OPIP debe informar los eventos de protección y debe llevar registro de los mismos”
  3. En la sección 2 parte A, párrafo A/2.1.4 “es responsabilidad de la instalación portuaria proteger los buques, las personas, la carga”.
    En la sección 14 de la parte A, párrafo A/14.2.5 “se deben consideraron medidas de control de la carga y sus antecedebntes”.

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