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martes, 13 de octubre de 2009

REGLAS DE PBIP

REGLAS DE PBIP QUE PUEDEN SER VULNERADAS EN LA PROTECCION DE LA CARGA
  1. En la sección 16 parte A, párrafo A/16.3.9 “informar sucesos que afecten la protección marítima”.
  2. En la sección 17 sección A, párrafo A/17.2.8 “el OPIP debe informar los eventos de protección y debe llevar registro de los mismos”
  3. En la sección 2 parte A, párrafo A/2.1.4 “es responsabilidad de la instalación portuaria proteger los buques, las personas, la carga”.
    En la sección 14 de la parte A, párrafo A/14.2.5 “se deben consideraron medidas de control de la carga y sus antecedebntes”.

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