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Cartagena de Indias , Bolivar, Colombia
Profesional Especializado en el Sector Marítimo y Portuario desde el año 2006, que actúa de manera independiente con el propósito de lograr mantener los Sistemas Aplicados a la Gestion de nuestros Clientes en el Cumplimiento de las Normas Internacionales tales como el Código PBIP y Código IGS, basados en tres pilares: Consultorías, Auditorías Internas y Formación. Convirtiéndonos el Soporte de los Oficiales de Protección y Personas Designadas.

miércoles, 25 de enero de 2017

LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO

CONTEXTO INTERNACIONAL LA/FT

1988:   Convención de Viena - Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas
1999:     Convenio Internacional para la Represión de la Financiación del Terrorismo
1989:     Creación del GAFI 1999: Convenio de la ONU, para la represión y la financiación del terrorismo
2000:     Convención de Palermo contra la Delincuencia Organizada Transnacional
2001:     Convención contra Terrorismo –Atentado en EE.UU (Código PBIP)
2002:     OEA- Convención Interamericana contra el terrorismo- Primera evaluación GAFISUD a Colombia.
2003:     Convención de Mérida, México – Convención de Naciones Unidas Contra la corrupción
2004:     Segunda evaluación GAFISUD a Colombia.
2006:     Ley 1121 de 2006, crea el tipo penal para la financiación del terrorismo.
2006:     Ley 1121 de 2006, otorga a la UIAF, la facultad para trabajar FT.
2008:     Tercera evaluación del GAFISUD a Colombia
2011:     Se modifica el tipo penal para la financiación del terrorismo.
2012:     Revisión y unificación de las 40 más 9 recomendaciones del GAFI.

QUE RIESGOS TIENE SU EMPRESA DE SER USADA EN OPERACIONES DE LAVADO DE ACTIVOS?

1.     RIESGO REPUTACIONAL: Definido como la capacidad de que el nombre y la imagen corporativa de la entidad sea menoscabada.

2.     RIESGO LEGAL: Entendido como la posibilidad de una entidad sea sancionada o condenada por el pago de indemnizaciones.

3.     RIESGO OPERATIVO: Es posibilidad de pérdidas económicas a causa de fallas humanas, técnicas o procedimentales.

4.     RIESGO DE CONTAGIO: Es la posibilidad de que la entidad pueda sufrir una afectación reputacional, legal o económica a causa de la acción propia de una empresa relacionada o asociada a ella.

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