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Cartagena de Indias , Bolivar, Colombia
Profesional Especializado en el Sector Marítimo y Portuario desde el año 2006, que actúa de manera independiente con el propósito de lograr mantener los Sistemas Aplicados a la Gestion de nuestros Clientes en el Cumplimiento de las Normas Internacionales tales como el Código PBIP y Código IGS, basados en tres pilares: Consultorías, Auditorías Internas y Formación. Convirtiéndonos el Soporte de los Oficiales de Protección y Personas Designadas.

martes, 16 de agosto de 2016

Norma ISO 28007-1:2015



¿Que es la Norma ISO 28007-1:2015?

La norma ISO 28007-1:2015 es un estándar para sistemas de gestión de seguridad específico para la industria privada de seguridad marítima, y sustituye a la norma ISO/PAS 28007:2012.
La norma ISO/PAS 28007:2012 se desarrolló por primera vez en respuesta al aumento de las amenazas a los buques que navegan por aguas propensas a la piratería, y la consiguiente proliferación de Empresas Privadas de Seguridad Marítima (EMSP) que suministran personal privado de protección armada (PPPA).
En la norma ISO 28007-1:2015 se incluyen directrices que contienen recomendaciones sectoriales específicas adicionales, que las organizaciones que cumplen con la norma ISO 28000 pueden implementar para demostrar que proporcionan PPPA a bordo de los buques

sábado, 13 de agosto de 2016

Personal que trabaja en una instalación petrolífera y de gas

Capacitación Mínima en Seguridad de la Industria Petrolera & Gas en Offshore (MIST)


Este programa introductorio de entrenamiento en seguridad está basado en las competencias y ha sido diseñado para introducir los elementos de seguridad fundamentales requeridos de la industria petrolera y de gas a aquellas personas recién incorporadas, ofreciendo una estimación de los posibles peligros y controles que podrían ser encontrados por el personal costa afuera. Cada unidad se ha diseñado para centrar la atención de los suplentes en su responsabilidad personal en materia de seguridad incidiendo de este modo en su comportamiento y actitud hacia sus compañeros, la instalación y el ambiente.

Elementos clave
  1. Módulo 1 Introducción al ambiente costa afuera peligroso
  2. Módulo 2 Trabajo seguro (incluidos los sistemas de observación para la seguridad)
  3. Módulo 3 Evaluación de riesgos
  4. Módulo 4 Permiso de trabajo
  5. Módulo 5 Integridad de la plataforma
  6. Módulo 6 Elevación mecánica
  7. Módulo 7 Manipulación manual
  8. Módulo 8 Control de sustancias peligrosas para la salud (COSHH)
  9. Módulo 9 Trabajo en altura
En adición al curso BOSIET, muchos operadores costa afuera en el campo de gas y petróleo en el mundo han hecho ahora mandatorio el curso MIST para todos los nuevos incursores en la industria de gas y petróleo.   puede ser tomado antes o después del curso BOSIET y en consiguiente aplica para personal quien podría tener el BOSIET pero que aún no ha estado costa afuera.

viernes, 5 de agosto de 2016

DIPLOMADO EN SEGURIDAD MARITIMA Y PROTECCION PORTUARIA

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NARIÑO
Sede Cartagena

Antecedentes:

El programa responde a las necesidades de formación desde un marco gerencial y de gestión para procesos de certificación en las especificaciones internacionales como: código Internacional de seguridad operacional Código IGS, Código internacional de protección de Buque e instalaciones portuarias Código PBIP; ISO 9001:2015, ISO 14001:2015 y OHSAS 18001:2007. Desde el plano de las auditorías internas y externas acorde a los Nuevos retos para para la industria marítima y portuaria en lo relacionados con la calidad del producto, la protección del medio ambiente y el control de sus riesgos laborales.

Poder disponer de un Sistema de Control constituye una de las oportunidades que nuestras empresas no deben dejar pasar. Todos los grupos de interés, sin excepción alguna, se encuentran habidos de encontrar organizaciones eficientes, eficaces y efectivas, es decir, que satisfagan sus necesidades, en el momento y lugar requerido y con una excelencia en la utilización de los recursos.

El Diplomado busca contribuir con la Industria Marítima y Portuaria, en este proceso de cambio


Dirigido a:

Personal del sector marítimo y portuario involucrado en la implementación y ejecución de sistemas de gestión, Código PBIP y código IGS. Oficiales de protección de buques, compañías marítimas, operadores portuarios, Ships chandlers, agencias marítimas y de instalaciones portuarias. Capitanes y primeros oficiales. Auditores del Código IGS, Auditores de sistemas de calidad. Profesionales de Organizaciones de protección. Agencias Marítimas. Estudiantes de ciencias administrativas, funcionarios de la Autoridad Marítima, docentes e instructores marítimos.

Objetivo:

Los participantes al finalizar el curso habrán adquirido los conocimientos comprobar que el plan de protección es correcto y eficaz en todo momento, identificar las amenazas, los riesgos y las vulnerabilidades durante las auditorias; ejecutar las Tareas de auditorías internas del sistema de protección implementado en el buque, compañía y/o instalaciones portuarias. Podrán evaluar la eficiencia del sistema de protección, considerar
Las mejoras al mismo y mantener la certificación.

Contenido:
®    introducción y contextualización del diplomado 
®    Conocimientos generales sobre la norma ISO 9001:2015 (actualización)
®    Conocimientos generales sobre la norma ISO 14001:2015 (actualización)
®    Conocimientos generales sobre la norma ISO 18001:2007
®    Gestión del Riesgo
®    introducción y Principios de auditoría
®    Términos y definiciones
®    Clases y tipos de auditorías
®Conocimientos generales sobre métodos y técnicas 

®    Conocimientos generales sobre métodos y técnicas de Auditoría Interna
®    Gestión de un programa de auditorías
®    Actividades de auditoría
®    Técnicas para formulación de preguntas
®    La entrevista de auditoría
®    El auditor (conocimientos, habilidades, competencias)
®    Código PBIP Parte A (criterio de auditoría)
®    Los Códigos de SOLAS (IGS vs PBIP) y su relación
®    Taller de auditoria
®    Practica de auditorias
  
Duración:
140 horas

Certificación:
Al finalizar el diplomado el alumno recibirá una certificación de Auditor Interno de Protección de Buque e Instalaciones Portuaria Código PBIP .

viernes, 27 de mayo de 2016

Sistema de asignación de un número de la OMI a los buques para su identificación

El sistema de asignación de un número de la OMI a los buques para su identificación fue introducido en 1987 mediante la adopción de la resolución A.600(15), como una medida destinada a acrecentar la "seguridad marítima y la prevención de la contaminación, así como facilitar la prevención del fraude marítimo". Tenía como finalidad asignar un número permanente a cada buque para su identificación. El número no cambiaría cuando el buque cambiara a otro pabellón o pabellones y se incluiría en los certificados del buque. Cuando pasó a ser obligatorio, mediante la adopción, en 1994, de la regla XI/3 del Convenio SOLAS, se acordaron criterios específicos, a saber, buques de pasaje de arqueo bruto igual o superior a 100 y todos los buques de carga de arqueo bruto igual o superior a 300. La implantación de este sistema pasó a ser obligatoria a partir del 1 de enero de 1996. En 2013, la OMI aprobó la resolución A.1078 (28) a fin de posibilitar la aplicación voluntaria del sistema de asignación de un número de la OMI a los buques pesqueros de arqueo bruto igual o superior a 100. En la regla XI-1/3 del Convenio SOLAS se establece que los buques deben llevar marcado permanentemente su número de identificación en un lugar visible, ya sea en el casco o en la superestructura del buque. Los buques de pasaje deberán llevar la marca sobre una superficie horizontal visible desde el aire. Los buques también deben estar marcados con su número de identificación internamente. El número IMO de identificación del buque consiste en las tres letras "IMO", seguidas de un número de siete dígitos asignado por IHS Maritime (anteriormente denominada Lloyd’s Register Fairplay) cuando se construye el buque. Este número único de siete dígitos se asigna en el momento de la colocación de la quilla a los buques mercantes autopropulsados de navegación marítima, de arqueo bruto igual o superior a 100, a excepción de los que figuran a continuación: Buques que carecen de medios de propulsión mecánica; 1. Yates de recreo 2. Buques dedicados a servicios especiales (por ejemplo, buques faro, buques de búsqueda y salvamento) 3. Gánguiles 4. Alíscafos, aerodeslizadores 5. Diques y estructuras flotantes clasificadas de manera similar 6. Buques de guerra y buques para el transporte de tropas 7. Buques de madera